Micelio
Auto6 de octubre de 2021

A- de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Chilama Gómez Leonardo Algemiro·Demandado --

Tema · dato duro
Delito De Tráfico, Fabricación O Porte De Estupefacientes Presuntamente Cometido Por Miembro De Comunidad Indígena-Insuficiencia De Los Factores Territorial Y Objetivo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fuero Indigena
  • Elementos estructurales
Jurisdicción Especial Indígena
  • Factores que determinan la competencia
  • Subreglas y criterios de interpretación para la definición de la competencia
Jurisdiccion Ordinaria
  • Competente para conocer delitos que desbordan la órbita de la cultura indígena
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Pereira (Risaralda) y el Cabildo Indígena Aldea de María Putisnán de El Contadero (Nariño).

Este conflicto se genera en un proceso penal iniciado en contra de un ciudadano indígena por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, en calidad de autor, a título de dolo, en la modalidad de transportar.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos objetivo, subjetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que el conocimiento del precitado proceso le corresponde al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Pereira, en atención a la ponderación de los factores que integran el fuero indígena.

La regla de decisión aplicada en este caso indica que, la activación de la jurisdicción especial indígena exige la ponderación de los cuatros factores que la integran.

En el desarrollo de este ejercicio, se advierte que, no obstante la acreditación de los elementos personal e institucional, en este caso concreto el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado comporta una significativa nocividad social para la cultura mayoritaria que, aunado al incumplimiento del factor territorial, generan una mayor incidencia para la resolución del conflicto en favor de la jurisdicción ordinaria.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (27 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito Especializado de Pereira y el Cabildo Indigena Aldea de Maria Putisnan de El Contadero (Narino), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito Especializado de Pereira es la autoridad competente para conocer del proceso adelantado contra el senor Leonardo Algemiro Chilama Gomez, por la comision del delito de trafico, fabricacion o porte de estupefacientes agravado.
  4. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion No. 001 del 27 de noviembre de 2020, mediante la cual el Gobernador del Cabildo Aldea de Maria Putisnan sanciono a Leonardo Algemiro Chilama Gomez, por la comision del delito de trafico, fabricacion o porte de estupefacientes agravado.
  5. TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-069 al Juzgado
  6. Primero. Penal del Circuito Especializado de Pereira, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados.
  7. ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO
  8. Presidente
  9. DIANA FAJARDO RIVERA
  10. Magistrada
  11. Con aclaracion de voto
  12. JORGE ENRIQUE IBANEZ NAJAR
  13. Magistrado
  14. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  15. Magistrado
  16. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  17. Magistrada
  18. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  19. Magistrada
  20. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  21. Magistrada
  22. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. ALBERTO ROJAS RIOS
  25. Magistrado
  26. Con aclaracion de voto
  27. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por27
A. 954/24Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se SatisfacenA. 848/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-Delito De Violencia Intrafamiliar Protege El Bien Jurídico De La Familia Y Es Una Conducta Con Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria Y La Comunidad Indígena-No Se Verificó La Estructura Institucional Que Permita Adelantar El Juzgamiento De La Conducta Reprochada, Garantizando Los Derechos Fundamentales Del Sindicado Y De Las Víctimas-Enfoques Diferenciales De Género Y Étnico.A. 2016/24Incumplimiento Del Factor Institucional-El Resguardo Implicado No Dispone De Un Andamiaje Institucional Suficiente Para Investigar Y Juzgar Una Conducta Que Atente Contra La Libertad E Integridad Sexual De Una Niña.A. 2013/24Incumplimiento De Los Factores Territorial E Institucional-La Comunidad Indígena No Acreditó Que Cuente Con Mecanismos Para Garantizar Los Derechos De Los Niños, Niñas Y Adolescentes, Que Presuntamente Han Sido Víctimas De Violencia Sexual.A. 2005/24Incumplimiento Del Factor Institucional-El Elemento Objetivo Sugiere La Remisión Del Asunto A La Jurisdicción Ordinaria-Asunto Que Involucra Violencia En El Contexto Familiar Contra Una Mujer-La Comunidad Indígena No Demostró Reglas Ni Procedimientos Establecidos Para La Investigación De Los Hechos, Garantías Para Las Partes Involucradas O Medidas De Protección De Los Derechos De La Presunta Víctima.A. 1997/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-El Delito De Tráfico De Estupefacientes Es De Extrema Gravedad Y Constituye Una Conducta Especialmente Nociva Para La Sociedad Mayoritaria-La Comunidad Indígena No Acreditó Que El Sistema De Justicia Propio Responda A La Gravedad Y A La Complejidad Que Demanda La Investigación Y Juzgamiento De Este Tipo De Comportamientos.
Ver las 27

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.